EPSO/AD/248/13 y EPSO/AST/126/12 – Sobre plazos y retrasos

Una de las primeras lecciones que hay que aprender a la hora de inscribirse en una oposición europea es que los plazos temporales que generalmente se señalan son bastante flexibles.

Naturalmente no estamos hablando de los plazos que EPSO fija para los opositores, ya que esos sí son realmente rígidos. Si, por ejemplo, el plazo de inscripción finaliza a las 12.00h no esperéis que vuestra candidatura sea aceptada si llega a las 12.01h… independientemente de que la causa del retraso sea que la página de EPSO haya estado inoperante durante horas debido a la saturación del sistema.

Cuando hablamos de flexibilidad nos referimos a las fechas que EPSO señala refiriéndose a sus propias obligaciones, como por ejemplo, la notificación de resultados o la organización de pruebas. En estos casos, las fechas inicialmente señaladas son meramente orientativas… o, mejor dicho, desorientativas, porque casi nunca se cumplen.

En el caso de la oposición EPSO/AD/248/13 para administradores en el ámbito de la construcción, el plazo para el inicio de las pruebas, inicialmente “fijado” en mayo, fue retrasado a junio y ha sido nuevamente pospuesto hasta julio. De hecho es posible que incluso la notificación a los seleccionados del resultado de la selección se retrase hasta la última semana de mayo o incluso inicio de junio.

En el caso de la oposición EPSO/AST/126/12 para cubrir puestos en el Joint Research Centre, las pruebas que debían celebrarse en junio se retrasan hasta el mes de julio y es probable que no finalicen hasta octubre; lo cual es todavía más llamativo que en el caso anterior, ya que el periodo de inscripción finalizó ya en enero.

Resulta curioso que una característica común en ambas oposiciones es la supresión de la fase inicial de test, a la cual se ha generalmente acusado (en ocasiones con razón) de ralentizar el procedimiento.  Es evidente que la celebración de esa fase inicial exige un mayor despliegue organizativo, pero también es evidente que en oposiciones donde el número de candidatos es muy alto la fase de test permite acelerar el resto del proceso.

De cualquier forma parece que esta ralentización no supone un problema para EPSO. Ante su constante incumplimiento de plazos EPSO ya ha encontrado la solución. ¿Mejorar la eficencia del proceso o de su personal? No. Algo más sencillo, ser más tolerante consigo misma y alargar los plazos que se “autoimpone”.

El primer ejemplo viene dado por la oposición EPSO/AD/249/13 en los ámbitos de macroeconomía y economía financiera, cuyo periodo de inscripción finalizó hace ya un mes y que, como las anteriores, carece de fase de test. En este caso EPSO ya ha anunciado que las próximas pruebas no se celebrarán antes del mes de octubre. Medio año para leer, no ya las candidaturas completas, sino meramente la información contenida en el talent screener  no parece un objetivo demasiado exigente.

Teniendo en cuenta que uno de los principales motivos que llevó en 2010 al cambio en el sistema de oposiciones era la lentitud con la que se desarrollaban los antiguos procesos de selección, resulta curioso lo poco escrupulosa que es hoy en día EPSO consigo misma respecto a las cuestiones temporales.

1 comentario sobre “EPSO/AD/248/13 y EPSO/AST/126/12 – Sobre plazos y retrasos

  1. Completamente de acuerdo. Es imposible prepararse bien una oposición sin saber cuando vas a tener los exámenes, o al menos si los vas a tener.

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