Nuevo sistema de selección de idiomas – Evitando la convocatoria

Acabábamos la semana pasada con la una pregunta que quizás se están haciendo muchos opositores: ¿por qué no incluir directamente en la convocatoria los cinco idiomas elegibles como segunda lengua?

La respuesta que damos hoy es simplemente un “refrito” de lo que ya señalamos en 2015 respecto a la posibilidad de que fuesen hasta seis las lenguas admitidas en la segunda fase de la oposición:

Siendo sinceros, aunque la introducción del español como lengua privilegiada puede resultar favorable para los intereses de los opositores españoles (hablaremos de eso próximamente), es necesario reconocer que la opción de añadir dos idiomas más (italiano y español) a los tres existentes (inglés, francés y alemán) no acaba con la discriminación que sufrirían los otros dieciocho idiomas oficiales.

Siendo realistas, dicha opción no resulta tampoco la más apropiada en términos de eficiencia, ya que no haría sino complicar y alargar más los ya de por si complejos y tediosos procesos de selección actuales. Cuestiones como la elaboración de pruebas, la selección de evaluadores o la formación de grupos sería mucho más dificultosa si se pasase de tres a cinco segundos idiomas.

Siendo además precisos, esa es una opción que resultaría jurídicamente poco defendible y que, desde luego, no viene amparada por la sentencia de 2015.

Es verdad que había en ella un párrafo que podría dar la impresión que dejaba la puerta abierta a la inclusión de nuevas lenguas:

En todo caso, aun suponiendo que los porcentajes indicados para el inglés y, en menor medida, para el francés pudieran justificar un requisito con arreglo al cual los candidatos a un puesto en la Comisión deben tener un conocimiento satisfactorio de al menos una de estas dos lenguas, los datos que arroja este cuadro no pueden justificar la inclusión, entre las lenguas cuyo conocimiento se exige, del alemán, a saber, una lengua que es la lengua principal de alrededor de la décima parte de los funcionarios y que sólo un 5,5 % de los funcionarios de la Comisión declara como segunda lengua. Por otro lado, si se incluye el alemán, la inclusión del italiano, del español o incluso del neerlandés parece razonable, ya que los porcentajes indicados para cada una de estas tres lenguas no están muy alejados de los indicados para el alemán.

Pero lo cierto es que en ese párrafo el Tribunal se limita a señalar la inconsistencia de las cifras presentadas por la Comisión a la hora de defender la inclusión del alemán dentro de las lenguas “privilegiadas” de la oposición cuando hay otras lenguas con porcentajes de conocimiento similares.

De ahí no se puede colegir que la inclusión de esas otras lenguas sea una opción viable, ya que la diferencia que ellas mismas tienen con otras lenguas es incluso inferior a la que tienen con el alemán (sin contar además que las cifras presentadas podrían ser contrarrestadas con otro tipo de datos).

Es decir, según nuestra opinión, la inclusión de español e italiano entre las lenguas privilegiadas no solo no es apropiada sino que, con la regulación actual, resulta jurídicamente inaplicable… y lo curioso es que resulta inaplicable precisamente a partir de la sentencia de 2015.

Nos explicamos.

Hasta ahora la decisión de desarrollar las oposiciones en tres idiomas era una decisión político/administrativa y nada impedía que esos tres idiomas se ampliasen a cuatro, cinco o diecisiete (aparte de la dificultad que implica modificar cualquier regulación en la Unión Europea que haga referencia a los idiomas).

Esta sentencia, sin embargo, establece una serie de criterios para determinar las lenguas utilizadas en las oposiciones europeas, de forma que la modificación de dichas lenguas deja de ser una medida puramente administrativa y va a requerir una motivación detallada cuyo examen se llevará a cabo en base a criterios lingüísticos tan exigentes que difícilmente otras lenguas que no sean el inglés y el francés van a poder superar.

Naturalmente, siempre existe la posibilidad de que todo el régimen lingüístico de las instituciones sea modificado (lo cual sigue siendo una decisión política) de forma que también el uso de los idiomas en las oposiciones venga paralelamente modificado en consonancia con dicha modificación.

Sin embargo, si la modificación del uso de idiomas en las oposiciones resulta compleja, ni que decir tiene que la modificación de todo el régimen lingüístico en las instituciones europeas se antoja todavía más problemático y no parece que sea una opción factible, al menos a corto plazo.

En definitiva, la inclusión de los cinco idiomas en la convocatoria hubiese sido difícil de justificar jurídicamente por lo que EPSO ha ideado un complejo sistema de selección de lenguas con el objetivo de evitar nuevas reclamaciones ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Esto hace que surja otra pregunta: ¿será este nuevo sistema de selección de lenguas capaz de evitar los problemas jurídicos que la inclusión de cinco idiomas en la convocatoria podría haber generado?

(Continuará)

2 comentarios sobre “Nuevo sistema de selección de idiomas – Evitando la convocatoria

  1. creen que será mejor realizar la primera fase en inglés? o nos arriesgamos mucho en el caso del test verbal pues puede que dificulte bastante?

    (el e tray entiendo que es en la segunda lengua; en español si la elegimos de segunda opción, ¿verdad?)

    gracias ( :

    1. Hola. En principio el E-tray se debería de llevar a cabo en la segunda lengua. La selección de idiomas es una cuestión compleja que trataremos de forma más amplia en otro artículo, pero de cualquier forma antes de decidir es necesario esperar a la convocatoria para conocer todos los detalles.

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